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TSJ Ratifica el Despido de un Auxiliar por Grabar a sus Compañeros y Crear un Clima de Desconfianza en el Trabajo

Un auxiliar del Registro de la Propiedad fue despedido disciplinariamente tras descubrirse que utilizaba su teléfono móvil para grabar conversaciones de la registradora y de sus compañeros sin su consentimiento, incluso cuando él no estaba presente.

Este comportamiento secreto generó un ambiente laboral tenso y enrarecido, marcado por la desconfianza, el miedo y continuas discusiones, deteriorando gravemente la convivencia en el trabajo.

🔹 La denuncia y la investigación

Cuando fue confrontado por sus compañeros, el trabajador alegó ser víctima de acoso y presentó denuncia contra la registradora y parte del equipo. La empresa activó el protocolo de investigación, pero en el proceso se constató que:

  • Grababa de manera reiterada sin autorización.
  • Cuestionaba públicamente la profesionalidad de la registradora.
  • Desacreditaba a otros compañeros.
  • Contribuyó activamente a un clima laboral tóxico.

Ante la gravedad de estos hechos, la empresa decidió proceder al despido disciplinario.

🔹 Argumentos del trabajador

El empleado impugnó el despido alegando:

  1. Que la decisión estaba prescrita (fuera de plazo).
  2. Que existían defectos formales en el procedimiento.
  3. Que había sufrido indefensión, lo que limitó su capacidad de defensa.

🔹 Decisión del TSJ

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) rechazó estos argumentos y confirmó el despido como procedente.

El tribunal destacó que:

  • La investigación de la empresa fue proporcional a la gravedad de los hechos.
  • El trabajador conoció en todo momento las acusaciones y pudo defenderse.
  • No hubo represalia, ya que la denuncia de acoso fue archivada por falta de pruebas.

🔹 Conclusión

El TSJ consideró que grabar conversaciones sin consentimiento y deteriorar el clima laboral constituían infracciones muy graves que justificaban plenamente el despido disciplinario.

📌 Sentencia: Despido procedente
📌 Referencia: STSJ CV 657/2025 (ECLI:ES:TSJCV:2025:657), ponente Nuria Navarro, 21 de enero de 2025